Elecciones al Parlamento Europeo 2024

El próximo día 9 de junio se celebran Elecciones al Parlamento Europeo.

Con motivo de la convocatoria de Elecciones al Parlamento Europeo, a celebrar el próximo 9 de Junio, se puede consultar el Censo Electoral en periodo de rectificación del 22 al 29 de Abril (ambos inclusive).

 

 

 

EXPOSICIÓN DE LA LISTA DEFINITIVA DE SECCIONES, LOCALES Y MESAS ELECTORALES

En cumplimiento de la normativa electoral desde el día 30 de Mayo al 8 de Junio de 2024 se expone la lista definitiva de las secciones locales y mesas electorales de Castelló de la Plana que puede consultar en el siguiente enlace:

Lista definitiva de secciones, locales y mesas electorales

 

 

SERVICIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO Y CRUZ ROJA PARA TRASLADO Y ACOMPAÑAMIENTO DE PERSONAS CON PROBLEMAS DE MOVILIDAD EL DÍA DE LA VOTACIÓN

Se comunica que la delegación del gobierno en Castellón junto con la Cruz Roja va a realizar el servicio gratuito de traslado y acompañamiento de personas con problemas de movilidad a los colegios electorales de Castelló de la Plana el día de las votaciones a las elecciones al parlamento europeo el día 9 de junio de 2024, con el fin de asegurar el derecho a ejercer el voto.

Las personas particulares que precisen de este servicio deberán de solicitarlo a la asamblea de Cruz Roja de Castellón teléfono 964 72 48 67 hasta el dia 6 de junio de 2024.

Otros medios por los que se puede solicitar este servicio gratuito son enviando un correo electrónico eleccionescv@cruzroja.es o llamando al 96 591 86 10 -teléfono 24 horas de lunes a viernes de cruz roja.

 

 

INFORMACIÓN

EL Real Decreto 363/2024, de 9 de abril (BOE núm 93, de 16 de abril) ha convocado elecciones de Diputados y Diputadas al Parlamento Europeo que se celebrarán en nuestro país el domingo 9 de junio de 2024.

El Parlamento Europeo es la asamblea que representa a todos los ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea y que son elegidos directamente por la ciudadanía y estará compuesto una vez celebrado este proceso electoral por 720 Diputados/as

En España la circunscripción electoral es el territorio nacional.

El número de Diputados al Parlamento Europeo con los que cuenta cada país es, en proporción a su población. A España le corresponde elegir 61 diputados.

Los Diputados/as son elegidos por el sistema de listas cerradas, es decir, se vota a la candidatura.

En España por Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Presidencia de la Junta Electoral Central (BOE núm 117, de 14 de mayo) se han proclamado 33 candidaturas a estas elecciones.

En estas elecciones al Parlamento Europeo pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el Censo Electoral, que está compuesto por el Censo de Electores españoles residentes en España (CER), el Censo electoral de españoles residentes ausentes que viven en el extranjero ( CERA) y el Censo electoral de los ciudadanos de la Unión Europea que gocen del derecho de sufragio activo en su país de origen, residan en España y hayan manifestado la voluntad de votar en España en estas elecciones.

Para estas elecciones el Censo Electoral vigente es el de1 de febrero de 2024..

 

FORMACIÓ DE LES MESES ELECTORALS

El Ayuntamiento de Castelló de la Plana celebró, el día 13 de mayo de 2024, un Pleno extraordinario para seleccionar, mediante sorteo público, a los 1.755 ciudadanos/as del censo electoral: tres titulares: presidente/a, 1r vocal y 2º vocal y sus dos respectivos suplentes (en total 9 personas) que formarán parte de las 195 mesas electorales que tendrán que constituirse el próximo día 9 de junio para las votaciones en los 51 colegios electorales de Castelló (distribuidos en CEIPS, Centros Municipales, IES, etc…)

A las personas seleccionadas como miembros de mesas electorales se les notificará su nombramiento y se les proporcionará un . Manual de Instrucciones. En la notificación también se incluye el enlace URL de la página web del Ministerio de Interior desde la que se podrán descargar el Manual de Instrucciones para las personas que integran las Mesas Electorales (MMM) y un código QR para descargarse el manual directamente desde un dispositivo móvil, por si quieren usarlo y un tríptico que contiene una guía con breves instrucciones para las personas que integren las mesas electorales.

En dicha pagina también encontrarán, en el apartado de Información general, unos VIDEOS EXPLICATIVOS: Personas que integran la Mesa y el Local Electoral, que les puede ser de utilidad.

La condición de miembros de la mesa electoral tiene carácter obligatorio, en caso de no encontrarse en su domicilio se les dejará un aviso en su buzón. No acudir a recoger la citación no exime de tomar parte del proceso.

Las renuncias voluntarias de electores de edades comprendidas entre los 65 y 70 años, deberán ponerlo en conocimiento de la Junta Electoral de Zona de Castellón, a fin de nombrar un sustituto, según el artículo 26.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral.

Los motivos que impidan la aceptación del cargo deben justificarse documentalmente en este Municipio en la Junta Electoral de Zona de Castellón, tal como consta en la notificación del nombramiento de miembro de la mesa electoral correspondiente.

Las causas de impedimento de asistencia están recogidas en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central , por situación personal del miembro designado para formar parte de la mesa electoral, otras a valorar por la Junta Electoral de Zona de Castellón, relativas a responsabilidades familiares u otras causas familiares y por razones profesionales.

La no presentación de los electores designados como Presidentes y Vocales, así como sus respectivos suplentes, al acto de constitución de las mesas el día 9 de junio o que las abandonen sin causa legítima o incumplan si causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone la LOREG, se considerará delito electoral. Las penas a que pueden ser condenados son prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 24 meses, así como inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo (artículos 137 y 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

El presidente/a y los/as dos vocales que finalmente constituyan la mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, si dicho día afecta a su jornada laboral; a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente y a una dieta de 70 euros y a la protección del sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones derivadas de su participación ese día.

 

EXPOSICIÓN DEL CENSO ELECTORAL

Las listas electorales, elaboradas por la Oficina del Censo Electoral, estarán disponibles para su consulta en Internet para que los electores puedan comprobar los datos de su inscripción en el censo electoral y también la mesa y el local electoral en donde les corresponde votar. Para realizar la consulta se exige identificarse por el sistema Cl@ve.

Quien no pueda identificarse por este sistema, podrá consultar sus datos en su Ayuntamiento, Consulado correspondiente a su lugar de residencia o en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

Los electores que han cambiado de domicilio o voten por primera vez (aquellos que cumplan 18 años hasta el día anterior a la celebración de las elecciones), deben comprobar especialmente si sus datos están correctos.

La Oficina del Censo Electoral remite una tarjeta censal a todos los electores residentes en España con sus datos de inscripción en el censo electoral y en la misma se informa de la mesa, el local electoral y su dirección donde les corresponde votar.

Consulta online

Se podrán consultar los datos censales si se dispone de firma digital en el siguiente enlace:

Se podrá conocer el colegio electoral que pueda corresponder en función de la dirección que se indique en el siguiente enlace y sin firma digital:

 

Consulta presencial

La consulta se realizará en las Tenencias de Alcaldía por medios informáticos, ésta deberá de ser individual para cada persona que la solicite, previa identificación.

El documento de identificación deberá de ser alguno de los que, para el acto de votación indica el artículo 85.1 de la Ley Electoral: DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, o permiso de conducir, en el que aparezca la fotografía del titular.

Horarios y lugares de consulta:

TENENCIA DE ALCALDÍA CENTRO: Plaza Mercadillo

Del Lunes 22 de Abril al viernes 26 de Abril: de 9:00 a 14:00 horas

Jueves 25 de Abril: de 16:30 a 19:00 horas

Lunes 29 de Abril de: 9:00 a 14:00 horas

 

TENENCIAS DE ALCALDÍA:

NORTE : Plaza Primer Molí,1

SUR: C /Ricardo Catalá, (esquina C/Joaquín Marqués)

ESTE: Avda. Hermanos Bou,27.

OESTE: Plaza Lagunas de Ruidera, s/n - (Mas Blau).

Del Lunes 22 de Abril al Viernes 26 de Abril : de 9:00 a 14:00 horas

Lunes 29 de Abril : de 9:00 a 14:00 horas

 

TENENCIA DE ALCALDÍA DEL DISTRITO MARÍTIMO: Paseo Buenavista, 28

Del Lunes 22 de Abril al Viernes 26 de Abril : de 9:00 a 14:00 horas

Martes 23 de Abril : de 16:30 a 19:00 horas

Lunes 29 de Abril: de 9:00 a 14:00 horas

 

¿Qué debo hacer si mis datos están mal?

Si al consultar el Censo se observase algún error, se podrá presentar una reclamación, adjuntando la fotocopia de alguno de los siguientes documentos, DNI, pasaporte, permiso de conducir, o la tarjeta de residencia.

De no realizarse la reclamación dentro de las fechas de exposición, no se podrán solucionar las omisiones y errores que pudiera existir en el Censo, con el perjuicio de no poder votar el día de las elecciones.

Podrá presentar la reclamación mediante los siguientes medios: por medios electrónicos, mediante autenticación en sistema Cl@ve, en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística , o presencialmente en el Ayuntamiento en los horarios y sedes indicados anteriormente.

 

 

INFORMACIÓN DE VOTO POR CORREO

 

Datos Población

Datos estadísticos de población de Castelló de la Plana.

>> Observatorio Estadístico de Castelló